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Se ha vencido el plazo para presentar el ERTE a consecuencia del Covid-19, ¿qué puedo hacer?

5 de mayo de 2020

Mis ventas han caído y no he presentado a tiempo el ERTE por covid-19, ¿qué puedo hacer?

Todo ha transcurrido tan velozmente estas semanas que cuando hemos querido darnos cuenta la facturación ha caído en picado como consecuencia de la emergencia sanitaria por el coronavirus que no nos ha permitido continuar con nuestra actividad habitual.  No podremos hacer frente al pago de nóminas y seguros sociales, y el plazo para la presentación de solicitud colectiva de prestaciones por desempleo por suspensión o reducción de jornada de trabajo de nuestros empleados como consecuencias del covid-19 ya ha finalizado, ¿y ahora qué puedo hacer? 
Tenemos la solución.
En primer término, lo más aconsejable es contactar con un asesor que pueda ayudarnos a solucionar con éxito este problema.  
Podremos recurrir a una medida contemplada en la normativa laboral, y presentar un ERTE por causas económicas cuando "de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas".  La solicitud debe estar bien fundamentaba con la contabilidad de la empresa, por eso es tan importante contar con la ayuda de un profesional.
En Legal Expertise podemos ayudarlo, puede contactar con nosotros.
14 de mayo de 2020
You should know that if you live in Spain more than 183 days in one calendar year (January 1st to December 31st), you become liable for tax purposes in this country, either income and capital gains on your worldwide income and gains. With regards to the Spanish Income Tax, they split it into general income and savings income (this one includes capital gains). As General Income is considered , ie, salary, self-employment, pension income, rental income, income from gambling, etc. As Savings Income is considered, ie, purchased annuity income, interest income, income derived from like assurance contracts, dividend income, capital gains on the sale of assets, etc. So, when shall we submit the Annual Income Tax Statement? From April 1st till June 30th. How can we submit the Statement? This year, as we are facing this extraordinary situation with the covid_19, we shall make an online submission: AEAT's website with digital certificate, or RENTA 2019 App, or by phone 901 22 33 44. The granting of appointments are conditional to covid_19's lockdown situation. If you need further help with your 2019' Annual Income Tax Statement, do not hesitate to contact us and our Tax Expert will advise you. Legal Expertise Staff
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